¡¡ AYUDAS REHABILITACIÓN CASCO HISTÓRICO EJEA !!
En el BOPZ de hoy, 11-02-2021, se ha publicado el extracto del decreto por el que se CONVOCAN ayudas para actuaciones en el Área de Regeneración y Renovación Urbana de Ejea de los Caballeros.
PLAZO: Desde 12-02-2021 hasta 30-04-2021.
Aquí tenéis el boletín oficial de la provincia de Zaragoza donde podes revisar si vuestras obras dentro del casco viejo pueden optar a recibir ayudas.
Como resumen te podemos contar:
Actuaciones subvencionables
Serán subvencionables, hasta el 60% del coste subvencionable, con un máximo de 18.000 euros por solicitante, las siguientes: actuaciones de rehabilitación las de mejora de la eficiencia energética y la sostenibilidad, las de conservación, las de mejora de la seguridad y la accesibilidad y las de mantenimiento e intervención en las viviendas unifamiliares y en los edificios, incluso en el interior de las viviendas, instalaciones fijas, equipamiento propio y elementos comunes, a fin de adecuarlos a los estándares previstos por la normativa vigente. También serán subvencionables las actuaciones de renovación, obras de demolición de edificios, de viviendas e infraviviendas y de edificación de edificios de viviendas y viviendas individuales de nueva construcción. Hasta el 60% del coste subvencionable, con un máximo de 45.000 euros por actuación.
Boletín oficial de la provincia de Zaragoza
EXTRACTO del decreto de Alcaldía de fecha 3 de febrero de 2021, por el que se convocan las ayudas para actuaciones en el Área de Regeneración y Renovación Urbana de Ejea de los Caballeros en el marco del Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan estatal de vivienda 2018-2021, y Decreto 223/2018, de 18 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Plan Aragonés de Vivienda 2018-2021.
BDNS (identif.): 547759.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
Primero. — Beneficiarios.
A los efectos de esta convocatoria, tendrán la condición de beneficiarios quienes, cumpliendo los requisitos del artículo 7 del Real Decreto 106/2018, asuman la responsabilidad de la ejecución integral del ámbito de actuación, ya sean Administraciones Públicas, propietarios únicos de edificios de viviendas, comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades de propietarios, inquilinos y, en general, quien acredite tener derecho suficiente de uso del inmueble, previa constatación, en este caso, de la existencia de autorización o acuerdo con la propiedad para ello.
Segundo. — Objeto.
Las presentes bases tienen por objeto la regulación de las subvenciones por concurrencia competitiva en los ejercicios 2020-2022, para las actuaciones de regeneración y renovación urbanas en el casco histórico de Ejea de los Caballeros en el marco del Plan estatal de vivienda 2018-2021, el Plan Aragonés de vivienda 2018-2021, el convenio de colaboración entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y la Comunidad Autónoma de Aragón para la ejecución del Plan Estatal de vivienda 2018-2021, el Acuerdo de la Comisión Bilateral (ACB), relativo a la citada Área firmado entre el Ministerio de Fomento, la Comunidad Autónoma y el Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros, de 8 de septiembre de 2020, y el convenio de colaboración (CEC) suscrito el 12 de noviembre de 2020 entre la Comunidad Autónoma de Aragón y el Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros para la realización de las actuaciones incluidas en el ACB.
Tercero. — Actuaciones subvencionables.
1. Actuaciones de rehabilitación. Las actuaciones recogidas en los artículos 36, 43 y 51.1 del Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo.
2. Actuaciones de renovación. Obras de demolición de edificios, de viviendas e infraviviendas y de edificación de edificios de viviendas y viviendas de nueva construcción. Los nuevos edificios y viviendas deberán tener una calificación energética mínima B, y cumplir en todo caso con las exigencias del código técnico de la edificación.
Cuarto. — Bases reguladoras.
Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros (texto íntegro publicado en el BOPZ núm. 209, de 10 de septiembre de 2020) y criterios específicos aprobados por el Pleno del Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros, en sesión ordinaria de fecha 21 de diciembre de 2020.
Quinto. — Importe.
La cuantía global destinada por el Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros a esta convocatoria asciende a 182.000 euros, distribuida en dos anualidades:
—Anualidad 2021: 60.000 euros. Con cargo a la aplicación presupuestaria 152.20.789.04, con retención de crédito número 202100001533.
—Anualidad 2022: 122.000 euros. Esta anualidad está condicionada a su efectiva consignación en el presupuesto del ejercicio 2022.
Sexto. — Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el BOPZ y finalizará el 30 de abril de 2021.
La convocatoria íntegra será publicada en la web del Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros (https://www.ejea.es/), en sede electrónica (https://sede.aytoejea.es) y en el tablón de anuncios.
Ejea de los Caballeros, a 5 de febrero de 2021